El Consejo de la Comunidad Valenciana ha aprobado el Decreto 100/2025, de 1 de julio, que establece el calendario laboral para el año 2026 en esta comunidad autónoma. Este decreto fue publicado en el DOGV el 7 de julio de 2025 y regula las fiestas laborales que serán consideradas días inhábiles, retribuidos y no recuperables.
Marco Legal y Principios
Según lo establecido en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, las fiestas laborales en España no podrán superar las 14 al año, de las cuales 2 serán locales.
Además, las comunidades autónomas tienen la facultad de sustituir algunas fiestas nacionales por otras propias de tradición local, garantizando que estas celebraciones no perjudiquen la actividad económica, sino que contribuyan positivamente a la competitividad y al empleo en la región.
Fiestas Laborales 2026 en la Comunidad Valenciana
| Fecha | Día de la semana | Festividad |
|---|---|---|
| 1 de enero | jueves | Año Nuevo |
| 6 de enero | martes | Epifanía del Señor |
| 19 de marzo | jueves | San José |
| 3 de abril | viernes | Viernes Santo |
| 6 de abril | lunes | Lunes de Pascua |
| 1 de mayo | viernes | Fiesta del Trabajo |
| 24 de junio | miércoles | San Juan |
| 15 de agosto | sábado | Asunción de la Virgen |
| 9 de octubre | viernes | Día de la Comunidad Valenciana |
| 12 de octubre | lunes | Fiesta Nacional de España |
| 8 de diciembre | martes | Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | viernes | Natividad del Señor |
Fiestas Autonómicas y Locales
Una festividad de gran tradición en la Comunidad Valenciana es el 24 de junio, San Juan, declarado fiesta autonómica por la Generalidad mediante la Resolución 142/IX de 2016.
A estas fiestas se suman 2 días festivos locales que serán determinados por los ayuntamientos correspondientes.
Entrada en vigor
El decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana, es decir, el 8 de julio de 2025.